Se trata de un síndrome muy específico, relacionado en principio únicamente con los desastres naturales, accidentes o agresiones físicas que puede padecer un ser humano, se ha demostrado que su ocurrencia no es debida únicamente a causas puramente físicas, sino también psicológicas, como es el caso que nos ocupa.
Está clasificado por la Asociación de Psicología American (APA, 2013) dentro del grupo de los trastornos relacionados con traumas y factores de estrés (DSM V). Se afirma cuando la persona que ha padecido, sido testigo o se ha enfrentado a un acontecimiento o acontecimientos que implicaran amenazas o consecuencias reales para su vida o integridad física para consigo misma u otras personas, y en cuya respuesta se hayan producido reacciones de miedo, desesperanza u horror, pueden generar un síndrome de estrés postraumático.
Tras sufrir dicha experiencia, para poder considerar que se padece el síndrome, la persona debe revivirla de forma persistente, en una de las siguientes formas:
· Recuerdos angustiosos del acontecimiento, recurrentes e intrusivos.
· Sueños angustiosos sobre el hecho.
· Actuar o sentir como si estuviera sucediendo de nuevo.
· Intensa angustia al ser expuesta a sucesos parecidos al episodio traumático.
· Reactividad fisiológica al ser expuesta a elementos que simbolizan o rememoran alguna característica del acontecimiento.
También debe experimentar una intensa aversión hacia los elementos asociados con el trauma, con al menos tres de los siguientes síntomas:
· Esfuerzos por evitar pensamientos o sentimientos asociados con el trauma.
· Esfuerzos por evitar actividades, personas o situaciones que activen recuerdos del trauma.
· Imposibilidad para recordar algún aspecto importante del trauma.
· Marcado decremento de interés o participación en actividades significativas.
· Sentimientos de desapego o alejamiento de otras personas.
· Disminución de capacidad afectiva como, por ejemplo, tener sentimientos de amor.
· Sensación de futuro incierto.
En tercer lugar, deben reportarse sentimientos persistentes de aumento de activación, anteriormente no presentes, indicados al menos por dos de los siguientes síntomas:
· Dificultad para conciliar el sueño.
· Irritabilidad o accesos de ira.
· Dificultad para concentrarse.
· Hipervigilancia.
· Sobresaltos exagerados
Estos síntomas deben mantenerse al menos a lo largo de un mes, y las molestias deben causar distrés clínicamente significativo, o perturbar la actividad cotidiana.
Fuente: Prevención Integral