Desde octubre, la Intendencia de Montevideo ha estado asesorando a los locales de venta de comida.
Restaurantes, rotiserías, bares y cualquier empresa
de preparación y servicios de alimentos de Montevideo que expenda comida pronta
para su consumo tiene que ofrecer en su listado o carta de menú al menos 10% de
platos elaborados sin adición de sal. La disposición rige desde abril de 2018 (decreto
36.677) y su incumplimiento genera una sanción de cinco unidades reajustables
(equivalente a 5.497 pesos). A mediados de octubre la Intendencia de Montevideo
(IM) comenzó a fiscalizar la aplicación del decreto, pero hasta ahora no ha
puesto multas: se ha dedicado a asesorar. “Si bien el decreto ya había entrado
en vigencia, sabíamos que íbamos a llegar a los locales y [el menú con opciones
de comidas sin sal agregada] no iba a estar, porque no era sencillo de
implementar. En muchos lugares nos esperaban para que les dijéramos qué poner”,
explicó Analice Berón, directora de la división Salud de la IM. Por eso, el
equipo que se ocupó de las recorridas estuvo integrado por dos nutricionistas.
“Yo dije: ‘No necesito que haya celeridad en la fiscalización, lo que me
importa es que sea amigable’; no salimos a multar, salimos a conseguir
adeptos”, subrayó. Según Berón, encontraron un panorama “bastante mejor” del
que habían pronosticado. “Para nuestra sorpresa, en muchos lugares ya tenían
las cartas prontas; era hacerles alguna modificación o sugerencia”, dijo.
¿Costó más que adoptaran la medida los locales grandes o los chicos?
“Costó más el grande”, respondió Berón. Quienes pusieron resistencia alegaron
que era “un gasto innecesario”, porque aunque adapten los menús “la gente no
pide comida sin sal”. “No la pide si no la ve; si está ofrecida y en el mismo
lugar que las otras, la pide”, razona la jerarca.
Uno de los comercios con que resultó difícil la negociación fue
McDonald’s. “Primero dijeron que tenían comida rápida, que no admitía; dijimos
que sí admitía, y se logró: tienen en su carta comida sin sal”, contó Berón,
que adelantó que están en ese mismo camino con Starbucks. “En el resto de los
restaurantes ha sido muy buena la recepción”, acotó.
Inicialmente la IM se había propuesto terminar la etapa de asesoramiento
a fines de enero, pero, según adelantó Berón, recién en febrero o marzo
comenzaría la fiscalización. Los inspectores saldrán con el salinómetro,
aparato portátil “que arroja resultados de presencia o ausencia de sal y cuáles
son sus límites”, que analizará las ofertas de comidas que los comerciantes
declaran que no tienen sal agregada (no quiere decir sin sal, porque puede
incluir algún componente que tenga sal). Berón puntualizó que los técnicos de
la IM usarán ahora un salinómetro que puede medir comidas sólidas y líquidas,
lo que facilitará la fiscalización, porque el aparato con el que contaban hasta
ahora sólo admitía analizar líquidos, lo que exigía licuar los sólidos.
Dentro del 10% exigido no se podrán contabilizar las ensaladas verdes
(sí las más elaboradas). La medida no abarca a los carritos que venden
chorizos; Berón explicó que la IM les exige que sólo vendan embutidos, y para
mantener su inocuidad, los embutidos sí o sí deben prepararse con sal, y que
los sustitutos “son químicos, que son peores”.
Con esta medida, la IM busca contribuir a la prevención de enfermedades
no transmisibles, particularmente la hipertensión, que influye directamente en
las enfermedades cardiovasculares, que conforman la primera causa de muerte en
nuestro país, provocando más de 9.000 muertes anuales.
Según Berón, además de la buena recepción de los comercios, los
montevideanos ven con buenos ojos esta disposición, según se desprende de la
encuesta de opinión pública que hizo Equipos Consultores y que presentó la IM a
fines de diciembre.
Sal en restaurantes montevideanos
Además de exigir que los locales que
vendan comidas prontas para su consumo ofrezcan al menos 10% de platos sin
adición de sal, el decreto 36.677 –aprobado por la Junta Departamental de
Montevideo el 26 de abril de 2018– reúne otras tres disposiciones que, con
mínimas variaciones, estaban vigentes desde 2014 (en el decreto 34.952). Según
la norma actual, los saleros y condimentos con alto contenido en sodio no
pueden estar sobre la mesa de los locales ni ser ofrecidos al consumidor, salvo
que este lo pida. Las cartas de menú y la cartelería interna deben lucir la
leyenda “Menos sal, más vida. El consumo excesivo de sal de sodio es perjudicial
para la salud”. Los establecimientos gastronómicos deben tener a disposición de
los consumidores que lo soliciten sal y otros condimentos con bajo contenido en
sodio. El incumplimiento de cualquiera de todas estas disposiciones será
sancionado con cinco unidades reajustables.
Fuente: https://ladiaria.com.uy
Publicado 11 de enero de 2019
